Tribunal Constitucional resolvió si admite o no financiamiento estatal para tratamientos hormonales para transexuales
El Tribunal Constitucional (TC) de Chile declaró inconstitucional la norma que prohibía al Ministerio de Salud financiar tratamientos hormonales para menores de edad con disforia de género. Esta disposición, incluida en la Ley de Presupuestos, buscaba impedir el uso de recursos públicos para terapias como bloqueadores de pubertad u hormonación cruzada en personas trans menores de edad. Con una votación de siete votos a favor y tres en contra, el TC concluyó que la norma vulneraba las funciones del Ministerio y la competencia del Presidente de la República.
La decisión del TC fue celebrada por organizaciones como el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), que calificaron la medida como un avance en el respeto a los derechos humanos. Anteriormente, la prohibición había sido aprobada tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, lo que generó críticas por restringir el acceso a tratamientos médicos esenciales para niños, niñas y adolescentes trans. Según el Movilh, la norma representaba un retroceso en la garantía de igualdad en el acceso a la salud.
Con este fallo, el Ministerio de Salud podrá nuevamente destinar recursos públicos a las terapias hormonales necesarias para menores de edad con disforia de género, asegurando su derecho a recibir un tratamiento acorde a sus necesidades médicas y psicológicas. Este caso marca un precedente importante en la protección de los derechos de las personas trans en Chile, especialmente de los menores, al garantizarles acceso a tratamientos que impactan directamente en su bienestar y calidad de vida.